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CONGRESO BC: Aprueba tipificar delito de fraude familiar en el código penal



Se aplicará sanción de uno a cinco años de prisión, de cien a trescientos veces la UMA y la reparación del daño

La iniciativa fue suscrita por la diputada Michel Sánchez Allende con base en las propuestas para atender la Alerta de Violencia de Género

Durante la Sesión Ordinaria del Pleno del Congreso de la Unión, la Comisión de Justicia, presidida por la Diputada Norma Angélica Peñaloza, presentó el dictamen sobre la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Baja California, cuyo objetivo es tipificar como delito el Fraude Familiar.

La iniciativa fue firmada por el Diputado Michel Sánchez Allende, quien enfatizó la necesidad de legislar esta conducta en el ordenamiento local, tal como lo recomendó la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), que determinó que es “necesario crear una nueva figura penal denominada fraude familiar, para sancionar aquellas conductas encaminadas a ocultar o transferir bienes del patrimonio común o familiar a terceros, causando daño a la familia en su patrimonio y patrimonio”.

Con base en su análisis, la Comisión de Justicia aprobó la adición de un artículo al Código Penal estatal. El artículo señala que quien, en perjuicio de la sociedad conyugal o del patrimonio común generado durante el matrimonio o la convivencia, oculte, enajene o adquiera bienes a nombre de terceros sin autorización expresa, será castigado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a trescientas Unidades de Medida y Actualización (UMA), así como con la indemnización de los daños y perjuicios. Este delito se perseguirá mediante denuncia de la parte ofendida.

El Código Penal Federal tipifica el Fraude Familiar en 2012, y otros trece estados de México también han sancionado esta conducta en sus Códigos Penales. Baja California estaba entre los estados que aún no habían tipificado el Fraude Familiar como delito.

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