CONGRESO BC: Avala proyecto de reforma
que establece la supremacía constitucional
Con 19 votos a favor y 5 en contra se
aprobó la Minuta con Proyecto de Decreto emitida por la Cámara Federal
de Diputados
Las reformas a la Carta Magna reflejan la voluntad del pueblo y
necesitan un proceso democrático para convertirse en la norma suprema
del orden jurídico
Mexicali, B.C., miércoles 30 de octubre de 2024.- En sesión
extraordinaria, las legisladoras y legisladores locales, aprobaron por
votación mayoritaria la Minuta con proyecto de decreto remitida por la
Cámara Federal de Diputados para establecer la impugnabilidad de las
acciones o reformas realizadas a la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, diputado Juan Manuel
Molina García, presentó el Acuerdo Parlamentario que contiene el
proyecto legislativo que propone añadir un quinto párrafo al artículo
105 de la Constitución.
Este párrafo tiene como objetivo declarar improcedentes las
controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que
intenten impugnar las modificaciones a la constitución aprobadas
mediante el proceso legislativo correspondiente.
También se plantea reformar la fracción segunda del artículo 107 para
señalar la no procedencia del juicio de amparo contra adiciones o
reformas a la Carta Magna.
Entre las principales motivaciones de los senadores y diputados
inicialistas, se destaca que las reformas a la Constitución representan
la voluntad soberana del pueblo y requieren un proceso democrático en el
que el Congreso y las legislaturas estatales debaten y votan sobre su
procedencia.
Este ejercicio no solo permite expresar diversas posturas, sino que
también implica acatar la decisión que se convierte en la norma suprema
del orden jurídico, diferenciándose de los actos legislativos
ordinarios.
El Poder Judicial no puede impedir o modificar las reformas, según el
artículo 135 de la Constitución; la Suprema Corte de Justicia ha
determinado que las reformas son inmunes a la revisión jurisdiccional y
no pueden ser impugnadas por medios de control constitucional.
Así, el Poder Revisor tiene la potestad exclusiva de reformar la
Constitución, garantizando su autonomía frente a cualquier control
externo.
Con esta aprobación, el estado de Baja California, a través de la XXV
Legislatura, se convierte en la sexta entidad en fortalecer la voluntad
del pueblo.
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