DIPUTADA ALEJANDRINA CORRAL: Propone reformas para fomentar y regular el teletrabajo

“Como política pública abre un abanico de oportunidades para las
personas que se encuentran impedidas para ir a su lugar de trabajo”
Mexicali, B.C., martes 18 de febrero de 2025.- La diputada Santa
Alejandrina Corral Quintero, presentó una iniciativa que reforma
diversos artículos de la Ley de Fomento a la Competitividad y Desarrollo
Económico para el Estado de Baja California y de la Ley de Hacienda del
Estado de Baja California, con el objetivo de regular el trabajo a
distancia (Teletrabajo).
La diputada en su exposición de motivos, explicó que las reformas son
para establecer la posibilidad de otorgar estímulos fiscales a aquellas
empresas establecidas en el estado que implementen la modalidad de
teletrabajo, misma que regula la Ley Federal del Trabajo, para
incorporar esta modalidad de contrataciones, como parte de los esquemas
de puntuación para que sean objeto de estímulos por nuevas inversiones
que realicen en el Estado.
Adicionalmente, se propone reformar la Ley de Hacienda del Estado de
Baja California, como instrumento rector de la política fiscal y
hacendaria en el ámbito estatal, con el propósito de establecer que
aquellas empresas que contraten personas bajo la modalidad teletrabajo,
quedarán exentas de pago de impuesto sobre remuneraciones al trabajo
personal que les corresponda cubrir periódicamente, por las
remuneraciones relativas a estos empleados.
La inicialista, explicó que, la iniciativa pretende disminuir la tasa
del impuesto sobre nóminas cuando la empresa implemente el denominado
trabajo desde casa, o teletrabajo, siempre y cuando acredite que los
trabajadores que hayan laborado en la modalidad de trabajo de
teletrabajo deberán representar al menos el 10% del total de su
plantilla laboral y además en relación a estos empleados demostrar su
inscripción y pago de las aportaciones de seguridad social.
“No menos importante es que, como política pública del estado, al
impulsar este tipo de acciones se abre un abanico de oportunidades para
aquellas personas que por circunstancias especiales se les dificulta o
se encuentran impedidas para acudir a su lugar de trabajo por razones de
enfermedad, discapacidad, embarazo, incapacidad médica y otras
similares, y así no se encuentren en riesgo de perder su trabajo.
Refirió que los estímulos fiscales no dejan de ser instrumentos
económicos que en todo momento deben de respetar los principios que
regulan las normas tributarias y que, en este caso, consiste en los
principios de legalidad, preeminencia de la ley, reserva de la ley,
proporcionalidad y equidad a fin de no vulnerar otros derechos y
garantías de la ciudadanía.